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Luis Martín responde a algunas preguntas. Mi empresa ha entrado en concurso, ¿cobraré mi sueldo?

Los salarios de los trabajadores tienen carácter preferente a la hora de saldar las deudas de una empresa que ha presentado concurso de acreedores, aunque los empleados deben tener en cuenta los límites legales a la hora de cobrar.

Las distintas medidas aprobadas por el Gobierno han conseguido reducir en un 12% la presentación de concursos de acreedores entre enero de 2020 y el mismo mes de 2021, según datos analizados por el Colegio de Registradores de España. Sin embargo y a pesar de la nueva moratoria concursal aprobada hasta el 31 de diciembre, la salud financiera de las empresas de nuestro país es muy preocupante, sobre todo en algunos sectores, por lo que los expertos no descartan que finalmente se presenten, como ya hiciera Abengoa el pasado 22 de febrero.

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Por tanto, la plantilla sí cobrará, aunque debe tener claro que "el privilegio de los trabajadores también tiene límites", según completa Luis Martín, socio cofundador de Abencys. El experto indica que, por ejemplo, los salarios correspondientes a los últimos 30 días de trabajo efectivo realizado antes de la declaración de concurso van contra la masa, es decir, aquellos bienes y derechos que tiene una empresa y que serán liquidados para poder hacer frente a las deudas, pero hay un tope: el doble del salario mínimo interprofesional, fijado en 950 euros al mes en 14 pagas (1.108,33 euros su las pagas se prorratean durante los 12 meses).


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Posted on Apr 06, 2021.